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Certyneo
Código de la energía L.314-1+ · Decreto tarifario S2 2026 · eIDAS AES

Firmar un mandato fotovoltaico en línea, en 2 minutos

Mandato de conexión Enedis, contrato de compra EDF OA, certificado Consuel, solicitud de ayuda al autoconsumo: firme todos los actos del sector solar en línea con plena validez jurídica. Conforme al Código de la energía L.314-1 y siguientes, eIDAS AES, flujo tripartito instalador RGE QualiPV + propietario + Enedis/EDF OA, archivo 10 años alineado con la duración del contrato de obligación de compra (20 años).

Marco legal
Código de la energía L.314-1+ y Orden tarifaria fotovoltaica S2 2026
Nivel de firma
AES eIDAS recomendada
Archivo legal
10 años + duración contrato OA 20 años

¿Qué es un mandato fotovoltaico?

Un mandato fotovoltaico es el acto por el cual un propietario (residencial, agrícola o terciario) confía a un instalador RGE QualiPV, un corredor de energías renovables o un mandatario especializado el poder de realizar en su nombre los trámites administrativos relacionados con una instalación solar fotovoltaica: solicitud de conexión ante Enedis, firma del contrato de compra de electricidad (EDF OA — Obligación de Compra — para la venta total o el excedente de autoconsumo), solicitud de certificación Consuel, declaración en ayuntamiento, solicitud de ayuda al autoconsumo. El marco jurídico se basa en el Código de la energía (art. L.314-1 y siguientes — obligación de compra), la Orden tarifaria S2 2026 para los nuevos contratos, y el Decreto n° 2017-676 del 28 de abril de 2017 sobre autoconsumo colectivo. Todos estos mandatos pueden ser firmados electrónicamente con una firma avanzada (AES) eIDAS.

¿Por qué firmar el mandato fotovoltaico electrónicamente?

Ninguna forma impuesta al mandato

El mandato se celebra entre el promotor del proyecto y su mandatario: no se impone ninguna forma, y el artículo 1366 del Código Civil otorga al escrito electrónico la misma fuerza probatoria que al papel. Enedis pide una copia del mandato firmado y no publica ninguna posición sobre la firma electrónica; EDF OA y el Consuel, por su parte, hacen firmar sus propios documentos en sus propios portales. El mandato entra en vigor con la firma y cubre las conexiones solicitadas en el año siguiente.

Tripartito instalador RGE + propietario + operador

Un proyecto PV moviliza varios actores: instalador RGE QualiPV, propietario, Enedis (conexión), EDF OA (compra), Consuel (conformidad). Nuestro flujo multi-signatarios gestiona la firma secuencial o paralela con OTP SMS individual por signatario.

Archivo 10 años alineado con contrato OA 20 años

El contrato de obligación de compra fotovoltaica tiene una duración de 20 años (Orden tarifaria). Certyneo archiva el mandato + su pista de auditoría eIDAS durante 10 años (duración legal mínima), con extensión contractual posible para cubrir toda la duración del contrato OA.

Pista de auditoría eIDAS oponible

Cada mandato se entrega con un PDF de prueba: identidad de los firmantes, marca de tiempo RFC 3161, hash SHA-256, geolocalización IP, verificación OTP SMS. Oponible frente a Enedis, EDF OA o en caso de disputa sobre la regularidad de la conexión.

Firmar un mandato fotovoltaico en 4 pasos

Desde el presupuesto del instalador hasta el depósito en el portal Enedis Connect, el mandato asegura la cadena en menos de 5 minutos.

  1. 1. Preparar el mandato fotovoltaico

    Cargue su plantilla o parta de una plantilla conforme al Código de la energía: identidad del propietario + instalador RGE QualiPV (número Qualibat / Qualit'EnR / QualiPV), perímetro (conexión, contrato OA, Consuel, autoconsumo), potencia pico (kWc), tipo (venta total, venta de excedente, autoconsumo colectivo).

  2. 2. Agregar los firmantes

    Propietario + instalador RGE + en su caso representante de Enedis o EDF OA. Para la autoconsumo colectivo, añada la PMO (Persona Moral Organizadora). Cada uno recibe un enlace seguro personalizado por correo electrónico.

  3. 3. Elegir el nivel eIDAS

    Firma avanzada (AES) recomendada: verificación de identidad por OTP SMS, certificado único por firmante, marca de tiempo RFC 3161. Es admisible en justicia (art. 1367 del Código Civil) y su dossier de prueba demuestra su fiabilidad. No es necesaria QES para un acto bajo firma privada vinculado a la fotovoltaica.

  4. 4. Firmar y depositar en Enedis Connect

    Cada firmante firma desde su teléfono. El mandato finalizado se adjunta al expediente en el portal Enedis Connect (conexión) o EDF OA Solar (contrato de compra) y se archiva durante 10 años con su PDF de prueba.

Preguntas frecuentes

¿Puede firmarse electrónicamente un mandato fotovoltaico?
Sí. El Código de la Energía no impone ninguna forma particular al mandato, y el artículo 1366 del Código Civil otorga al escrito electrónico la misma fuerza probatoria que al papel. Cuidado, en cambio, con lo que no es un mandato: el contrato de compra de EDF OA se firma en el propio portal de firma electrónica de EDF OA, y el certificado del Consuel se cumplimenta y se firma en monespaceconsuel.
¿Qué nivel eIDAS para un mandato fotovoltaico?
SES (simple) técnicamente válida pero desaconsejada — frente a un control Enedis o un litigio con EDF OA, la AES (avanzada) con OTP SMS + marca de tiempo RFC 3161 + hash SHA-256 garantiza la trazabilidad oponible. QES (calificada) no requerida para actos bajo firma privada.
¿Cuánto tiempo dura el contrato de obligación de compra de EDF OA?
20 años desde la Orden tarifaria S2 2026 (techos ≤ 100 kWc) y la Orden del 6 de octubre de 2021 (instalaciones 100-500 kWc). El contrato comienza en la fecha de puesta en servicio certificada por Consuel. La tarifa de compra es garantizada e indexada al índice CPI Obras Públicas.
¿Quién puede ser mandatario de un proyecto fotovoltaico?
Cualquier instalador RGE QualiPV, corredor de energías renovables, oficina de estudios EnR o plataforma especializada. Para autoconsumo colectivo, la PMO (Persona Moral Organizadora) es obligatoria (Decreto n° 2017-676 del 28 de abril de 2017) — típicamente una SCI, ASL, sindicato o asociación.
¿Puede el propietario revocar el mandato fotovoltaico?
Sí — el artículo 2004 del Código Civil garantiza el derecho de revocación en cualquier momento. La revocación se notifica por correo certificado (o medio electrónico equivalente) al mandatario Y a Enedis/EDF OA. Bloquea cualquier nuevo trámite a nombre del mandante pero deja intactos los trámites ya iniciados.
¿Qué menciones debe contener el mandato fotovoltaico?
Identidad del propietario y mandatario, SIRET, calificación RGE QualiPV del instalador, perímetro preciso (conexión, contrato OA, Consuel, autoconsumo, ayudas), potencia pico prevista (kWc), duración del mandato, modalidades de remuneración, jurisdicción competente. Para autoconsumo colectivo: perímetro geográfico (radio 2 km, derogación posible hasta 20 km en zona rural).
Venta total o autoconsumo: ¿qué impacto en el mandato?
Venta total = toda la electricidad producida se vende a EDF OA, el mandato debe cubrir contrato OA + conexión de extracción. Venta de excedentes = autoconsumo + reventa del excedente, el mandato cubre contrato OA parcial. Autoconsumo colectivo (Decreto 2017-676) = mandato a la PMO que distribuye la energía entre consumidores.
¿Cuál es el plazo de conexión de Enedis para una instalación FV?
Plazos objetivo Enedis: 2 meses para instalaciones ≤ 36 kVA en monofásico, 6 meses para 36-250 kVA, 12-18 meses para > 250 kVA. La firma electrónica del mandato de conexión permite ahorrar 7-15 días en el envío inicial del expediente (frente a correo postal).

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