Firmar un mandato de ayuda de autoconsumo en línea, en 2 minutos
Mandato para la solicitud de prima de autoconsumo fotovoltaico (pagada durante 5 años con el contrato OA excedente), firmado en línea. Conforme a la Orden tarifaria S2 2026 y Código de la energía L.314-1 y siguientes, firma AES eIDAS, archivo 10 años incluido.
- Marco legal
- Orden tarifaria S2 2026 (prima autoconsumo)
- Nivel de firma
- AES eIDAS recomendada
- Archivo legal
- 10 años + duración contrato OA
¿Qué es un mandato de ayuda prima de autoconsumo?
La prima de autoconsumo fotovoltaico es la ayuda a la inversión pagada por EDF OA a las instalaciones PV en venta del excedente (autoconsumo + reventa del excedente). Su importe se fija mediante la Orden tarifaria trimestral (S2 2026 para los contratos firmados en el 2º semestre de 2026), en €/kWc, y se paga durante 5 años en cinco cuotas iguales con el contrato OA excedente. Para beneficiarse de la prima, el propietario firma un mandato a su instalador RGE QualiPV o a un mandatario especializado para realizar la solicitud ante EDF OA (integrada en la solicitud de contrato OA excedente). El mandato cubre la declaración de puesta en servicio, la transmisión del expediente, el seguimiento del pago de la prima durante 5 años.
¿Por qué firmar el mandato de ayuda prima de autoconsumo electrónicamente?
Aceptado por EDF OA Solar desde 2019
EDF OA acepta los mandatos de solicitud de prima firmados con firma avanzada (AES) eIDAS a través del portal EDF OA Solar desde 2019. El artículo 1366 del Código civil garantiza el valor probatorio. La firma electrónica reduce los plazos de constitución del expediente de 5-10 días.
Bipartito propietario + instalador RGE
El flujo más común: propietario (beneficiario de la prima) + instalador RGE QualiPV (mandatario). Para comunidades de propietarios, añadir el administrador. Nuestro flujo bipartito o tripartito gestiona todas las configuraciones con OTP SMS individual.
Archivo 10 años + seguimiento de versión 5 años
La prima se abona en 5 cuotas anuales con el contrato OA. EDF OA puede solicitar la producción del mandato en cualquier momento durante estos 5 años. Certyneo archiva el mandato + audit trail eIDAS durante 10 años, accesible en caso de impugnación sobre el abono.
Audit trail eIDAS oponible
Cada mandato se entrega con un PDF de prueba: identidad del propietario + instalador RGE, marca de tiempo cualificada, hash SHA-256, geolocalización IP, verificación OTP SMS. Oponible frente a EDF OA o en caso de control Qualit'EnR.
Firmar un mandato de ayuda al autoconsumo en 4 pasos
Desde el presupuesto del instalador hasta el primer abono de la prima, el mandato asegura la solicitud en menos de 5 minutos.
1. Preparar el mandato
Cargue su plantilla: identidad del propietario + instalador RGE QualiPV (número de calificación), perímetro (solicitud de prima al autoconsumo, seguimiento de los 5 abonos anuales), potencia pico prevista, importe previsto de la prima según la Orden tarifaria vigente.
2. Añadir los firmantes
Propietario (beneficiario) + instalador RGE QualiPV (mandatario). Para divisiones o condominio, añadir los co-titulares o el síndico. Cada uno recibe un enlace seguro por correo electrónico con OTP SMS.
3. Elegir el nivel eIDAS
AES (avanzada) recomendada para compromiso de 5 años: OTP SMS, marca de tiempo cualificada, hash SHA-256. Presunción de fiabilidad del artículo 1367 del Código Civil — indispensable ante un control de EDF OA.
4. Firmar y adjuntar al expediente OA excedente
Cada firmante firma desde su teléfono. El mandato finalizado se adjunta al expediente EDF OA Solar (solicitud de contrato OA excedente + prima). Primer abono de la prima en la fecha de puesta en servicio Consuel, luego 4 abonos anuales en la fecha aniversario.
Preguntas frecuentes
- ¿Puede firmarse electrónicamente el mandato de ayuda al autoconsumo?
- Sí, sin restricciones desde 2019 a través del portal EDF OA Solar. La firma avanzada eIDAS (AES) se beneficia de la presunción de fiabilidad del artículo 1367 del Código Civil — indispensable para un compromiso de 5 años (duración del abono de la prima).
- ¿Cuál es el importe de la prima al autoconsumo en 2026?
- Importe fijado por la Orden tarifaria S2 2026 (revisada trimestralmente por la CRE): aproximadamente 80-160 €/kWc según la potencia para instalaciones residenciales ≤ 9 kWc. Abonada en 5 cuotas anuales con el contrato OA excedente. Tarifa garantizada en la fecha de solicitud completa de conexión.
- Venta total o venta del excedente: ¿qué prima?
- Prima de autoconsumo = únicamente para la venta del EXCEDENTE (autoconsumo + reventa del excedente). Sin prima para la venta total (toda la producción vendida). La venta total tiene en cambio una tarifa de compra más elevada que la venta del excedente.
- ¿Qué condiciones para beneficiarse de la prima?
- (1) Instalación por un instalador RGE QualiPV, (2) Potencia ≤ 100 kWc, (3) Instalación en integración en la construcción o en sobreposición, (4) Venta del excedente a EDF OA (no venta total), (5) Conformidad Consuel (visado AC), (6) Puesta en servicio en los 18 meses siguientes a la solicitud completa de conexión.
- ¿Qué sucede si la prima se paga a un mandatario?
- El mandato puede prever el pago directo al mandatario (típicamente el instalador RGE para reducir el costo de inversión inicial del cliente). La retrocesión al propietario debe entonces preverse en el contrato instalador-cliente. Trazabilidad mediante el audit trail eIDAS.
- ¿Es imponible la prima de autoconsumo?
- Para los particulares: exenta de IR para las instalaciones ≤ 3 kWc en residencia principal (Artículo 35 ter CGI). Para potencias > 3 kWc, la prima es imponible como ingreso de capitales mobiliarios. Para los profesionales: imponible como producto de explotación.
- ¿Se puede acumular la prima autoconsumo con otras ayudas?
- Acumulación posible con: (1) CEE (Certificados de Ahorro de Energía) para ciertos gestos relacionados con la renovación global, (2) éco-PTZ para el financiamiento, (3) IVA reducido al 10% (Artículo 279-0 bis CGI). Sin acumulación con MaPrimeRénov' para PV residencial (MaPrimeRénov' no financia PV desde 2024).
- ¿Qué sucede si la instalación se revende?
- La prima continúa siendo pagada al propietario de la instalación en el momento del pago (Código de energía L.315-3). En caso de venta inmobiliaria, transferencia posible mediante enmienda tripartita (vendedor + comprador + EDF OA), firmada electrónicamente. La firma electrónica con marca de tiempo rastrea la transferencia.
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Plan gratuito permanente (5 sobres / mes), sin tarjeta bancaria. Aceptado EDF OA Solaire, conforme a Arrêté tarifario S2 2026 y eIDAS. Audit trail y archivado 10 años incluidos.