- ¿Se puede establecer una relación a distancia de manera conforme con la LCB-FT?
- Sí. La relación a distancia es admisible siempre que se implementen medidas de diligencia complementarias (art. L561-10 del Código Monetario y Financiero y disposiciones reglamentarias asociadas). Certyneo permite hacer firmar el expediente con una identificación fuerte (OTP de doble canal) y una marca de tiempo cualificada que registra cada diligencia.
- ¿La firma electrónica reemplaza la verificación de identidad del artículo L561-5?
- No, la complementa. El artículo L561-5 impone verificar la identidad en un documento probatorio; la firma electrónica no sustituye esta verificación documental, pero marca con fecha la recopilación de documentos, autentica al cliente mediante OTP y sella el expediente con un audit trail oponible.
- ¿Cómo probar la diligencia constante exigida por el artículo L561-6?
- El artículo L561-6 impone actualizar el conocimiento del cliente durante toda la relación. Certyneo conserva cada versión firmada del expediente con su audit trail, lo que permite demostrar a la ACPR las fechas y el contenido de cada actualización de diligencia.
- ¿Cuánto tiempo hay que conservar el expediente KYC?
- Cinco años a partir del final de la relación comercial (art. L561-12 del Código Monetario y Financiero). Certyneo archiva automáticamente el expediente firmado y su audit trail eIDAS, accesibles con un clic para cualquier control de la ACPR.
- ¿Es el audit trail oponible a la ACPR y explotable para una declaración TRACFIN?
- Sí. El audit trail Certyneo (identidad verificada por OTP, sellado de tiempo cualificado, hash SHA-256) documenta cada diligencia LCB-FT. Es exportable en PDF certificado, oponible a la ACPR para demostrar la conformidad del dispositivo de entrada en relación, y explotable para sustentar una declaración de sospecha ante TRACFIN.
- ¿Cuál es el papel del Banco de Francia y de la ACPR en el control del KYC?
- El Banco de Francia no realiza el KYC en lugar de los establecimientos: es la ACPR, autoridad adosada al Banco de Francia, la que controla la conformidad de los dispositivos KYC y LCB-FT de los bancos y las aseguradoras y sanciona los incumplimientos. El Banco de Francia gestiona además los ficheros consultados al inicio de la relación (FICP, FCC), y TRACFIN recibe las declaraciones de sospecha. Un expediente KYC firmado electrónicamente, con pista de auditoría con marca de tiempo, facilita precisamente la demostración de conformidad durante un control.