- ¿eIDAS 2.0 reemplaza eIDAS 1.0?
- No. eIDAS 2.0 es oficialmente un reglamento modificador del Reglamento (UE) 910/2014. Los logros de eIDAS 1.0 permanecen en vigor: tres niveles de firma (Simple, Avanzada, Cualificada), reconocimiento legal equivalente al papel, lista de proveedores cualificados (EU Trusted List). eIDAS 2.0 añade nuevos servicios (EUDI Wallet, QES a distancia, registros, archivo) y refuerza la oponibilidad transfronteriza.
- ¿Será obligatorio EUDI Wallet para firmar electrónicamente?
- No. EUDI Wallet es un método adicional para autenticar al firmante, no el único. Los métodos actuales (correo electrónico + OTP SMS, identificación por video, certificado en tarjeta) siguen siendo válidos. EUDI Wallet se convierte simplemente en la opción por defecto, simple y reconocida en toda la UE, para los firmantes que deseen utilizarla. Las empresas pueden continuar ofreciendo múltiples métodos de autenticación.
- ¿Cuál es la diferencia entre firma cualificada a distancia y firma cualificada en tarjeta?
- La firma cualificada tradicional almacena la clave privada del firmante en una tarjeta inteligente (smart card, token USB), insertada en un lector conectado al ordenador del firmante. La QES a distancia almacena la clave privada en un módulo de hardware seguro (HSM) en un proveedor cualificado, y el firmante la activa a través de una autenticación fuerte (MFA + biometría). El valor legal es idéntico. En la práctica, la QES a distancia elimina la fricción del hardware a transportar y permite firma móvil.
- ¿A partir de qué fecha se aplica eIDAS 2.0 a las empresas francesas?
- El reglamento entró en vigor el 20 de mayo de 2024 y es directamente aplicable en Francia sin transposición. Las disposiciones inmediatamente oponibles están en vigor. Las disposiciones técnicas que requieren actos de ejecución (EUDI Wallet, estándares de interoperabilidad) se despliegan hasta 2026-2027. Para usos comunes (firmar un contrato, presentar una factura), nada cambia antes del despliegue de EUDI Wallet en junio de 2026.
- ¿Es necesario cambiar de proveedor de firma electrónica para cumplir con eIDAS 2.0?
- No necesariamente. La mayoría de proveedores conformes con eIDAS 1.0 (incluido Certyneo) permanecen conformes con eIDAS 2.0 — la retrocompatibilidad está garantizada. Sin embargo, verifique que su proveedor prevea la integración de EUDI Wallet como método de autenticación (imperativo para organizaciones objetivo función pública y grandes cuentas en 2026-2027) y archivo electrónico cualificado si sus contratos tienen un horizonte de conservación superior a 5 años.
- ¿Afecta eIDAS 2.0 a la facturación electrónica 2026?
- Indirectamente. La reforma francesa de facturación electrónica (septiembre 2026) impone un sello electrónico o una pista de auditoría fiable para garantizar el origen e integridad de cada factura. eIDAS 2.0 refuerza el marco del sello electrónico (cualificado en particular) y facilita la oponibilidad transfronteriza de facturas selladas — un punto crítico para empresas que facturan en varios países UE.