Reforma de la facturación electrónica: calendario 2026-2027
La reforma se aplica en dos grandes olas. La recepción se vuelve obligatoria para todas las empresas en 2026, mientras que la obligación de emisión se escalonará según el tamaño de la empresa hasta 2027.
El calendario oficial de la reforma
Hay dos fechas clave en la implantación. El 1 de septiembre de 2026 marca la obligación de recepción para todos y la obligación de emisión para las grandes empresas y las empresas de tamaño intermedio. El 1 de septiembre de 2027 amplía la obligación de emisión a las pymes, las empresas muy pequeñas y las microempresas.
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- 1 de septiembre de 2026: todas las empresas sujetas al IVA deben poder recibir facturas electrónicas.
- 1 de septiembre de 2026: las grandes empresas y las ETI deben emitir sus facturas B2B en formato electrónico.
- 1 de septiembre de 2027: las PYMES, PYMES pequeñas y microempresas deben a su vez emitir sus facturas electrónicas.
- La facturación electrónica sigue los mismos plazos, según la categoría de la empresa.
Quién está afectado y en qué plazo
Cómo prepararse para la reforma
- 1
Identifique su categoría de empresa
Determine si se clasifica como una gran empresa, ETI, PYME o PYME pequeña para conocer su fecha de emisión.
- 2
Elegir una plataforma acreditada
Seleccione una plataforma de desmaterialización asociada registrada para emitir y recibir sus facturas.
- 3
Adaptar sus herramientas y sus datos
Actualice sus directorios de clientes y proveedores y verifique la producción de formatos estructurados conformes.
- 4
Probar antes de la fecha límite
Realice pruebas de emisión y recepción con anticipación para fiabilizar sus flujos y capacitar a sus equipos.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuándo se vuelve obligatoria la facturación electrónica?
- La recepción se vuelve obligatoria para todas las empresas el 1 de septiembre de 2026. La emisión es obligatoria a partir de esa fecha para las grandes empresas y las PYMES medianas, y luego el 1 de septiembre de 2027 para las PYMES, microempresas y empresas muy pequeñas.
- ¿Me afecta si soy microempresario?
- Sí. Las microempresas deben poder recibir facturas electrónicas a partir de 2026 y emitir las suyas a partir de 2027, siempre que realicen operaciones B2B en Francia.
- ¿Realmente afecta la recepción a todos en 2026?
- Sí. Independientemente de su tamaño, toda empresa sujeta al IVA debe ser capaz de recibir facturas electrónicas a partir del 1 de septiembre de 2026. Este es el primer hito inevitable de la reforma.
- ¿Puede el calendario seguir evolucionando?
- El calendario ya ha sido ajustado en el pasado. Las fechas de 2026 y 2027 son las retenidas hasta ahora; es prudente seguir las comunicaciones oficiales de la administración fiscal.
- ¿Qué sucede si no estoy preparado?
- No poder recibir o emitir facturas en el formato requerido puede bloquear sus intercambios con sus socios y exponerle a sanciones. Anticipar la elección de una plataforma reduce fuertemente este riesgo.
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