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Certyneo
Infografía de decisión

SES, AES o QES: ¿qué nivel eIDAS para qué documento?

El árbol de decisión factual para elegir el nivel correcto de firma electrónica según su tipo de documento. 15 casos de uso, 3 niveles eIDAS, una referencia jurídica oponible para cada recomendación.

El árbol de decisión en 2 preguntas

Dos preguntas sí/no le orientan hacia el nivel eIDAS correcto. Las recomendaciones se basan en la regulación eIDAS, el Código Civil francés y las legislaciones sectoriales.

Pregunta 1: ¿su documento tiene un valor jurídico más allá de la simple prueba comercial?

  • No — presupuesto, NDA, nota de pedido, CGA

    → Firma simple (SES) — valor probatorio Código Civil 1366

  • Sí — contrato de trabajo, arrendamiento, carta de misión, mandato

    → Pasar a la pregunta 2

Pregunta 2: ¿su documento está sujeto a una exigencia de "valor de acta auténtica" o de firmante identificado cara a cara?

  • No — la mayoría de los contratos con riesgos (CDI, arrendamiento, mandato de venta)

    → Firma avanzada (AES) — identificación por SMS + auditoría eIDAS

  • Sí — mandato SEPA profesional, crédito inmobiliario Scrivener, acta de abogado

    → Firma cualificada (QES) — certificado eIDAS Anexo IV

Los 3 niveles eIDAS y sus casos de uso

Para cada nivel, aquí se encuentran los casos de uso clásicos con su referencia jurídica oponible. Haga clic en un caso para la página sectorial correspondiente.

Nivel 1

SES — Firma simple

La firma electrónica básica definida en el art. 26 de eIDAS. Valor probatorio Código Civil 1366 siempre que el autor sea identificado y se garantice la integridad del documento.

Ideal para el 95 % de los documentos comerciales: presupuestos, NDA, pedidos, condiciones generales de venta.

Nivel 2

AES — Firma avanzada

Nivel reforzado (art. 26 eIDAS) con identificación por SMS o documento de identidad, pista de auditoría detallada y certificado de firma vinculado al autor.

Recomendado para contratos de importancia: contrato indefinido, arrendamientos, cartas de encargo, mandatos de venta.

Nivel 3

QES — Firma cualificada

Nivel máximo (art. 28 eIDAS, Anexo IV) con certificado cualificado emitido por un proveedor de la lista de confianza europea (EU LOTL). Valor presunto de acta notarial.

Obligatorio para mandatos SEPA profesionales, crédito inmobiliario Scrivener, acta de abogado en registro.

Cómo citar este árbol de decisión

Esta infografía se distribuye bajo licencia CC BY 4.0. Puede reutilizarla en sus artículos, formaciones o documentaciones citando la fuente.

Fuente: Certyneo — Árbol de decisión eIDAS 2026. https://certyneo.com/es-AR/infographies/arbre-decision-niveau-eidas

Atribución de Creative Commons 4.0 Internacional (CC BY 4.0)

Metodología

Los 15 casos de uso fueron clasificados cruzando el Reglamento eIDAS de 2014 (UE 910/2014), eIDAS 2.0 (UE 2024/1183), los artículos 1366 y 1367 del Código Civil francés, y las legislaciones sectoriales específicas (Código Laboral, ley Hoguet, ley Scrivener, Código Monetario). Cada caso cuenta con su referencia oponible.

Para profundizar

¿Qué nivel eIDAS para su caso?

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