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LCB-FT

Obligaciones LCB-FT: entidades obligadas, diligencia debida y declaración a TRACFIN

La lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo (LCB-FT) impone a los profesionales afectados un dispositivo completo: clasificación de riesgos, diligencia debida al inicio de la relación y a lo largo de la misma, y notificación de operaciones sospechosas a TRACFIN. Esta guía clarifica quién está obligado y qué obligaciones concretas se derivan.

Actualizado el

Marco jurídico de la LCB-FT en Francia

El dispositivo LCB-FT francés está codificado en los artículos L. 561-1 y siguientes del Código Monetario y Financiero, transponiendo las directivas europeas contra el blanqueo. Se basa en un enfoque por riesgos: cada entidad obligada debe cartografiar sus riesgos, adaptar la intensidad de su diligencia debida y dotarse de procedimientos internos. La supervisión la realiza la ACPR para el sector banca-seguros, mientras que TRACFIN, la célula de inteligencia financiera francesa, recibe y trata las declaraciones de sospecha. El paquete legislativo europeo contra el blanqueo adoptado en 2024, que instituye la Autoridad Europea de Lucha contra el Blanqueo (AMLA), refuerza la armonización a nivel de la Unión en el horizonte de su entrada en funciones.

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  • Código Monetario y Financiero (art. L. 561-1 y ss.): perímetro de obligados y obligaciones de diligencia debida.
  • Enfoque por riesgos: clasificación, procedimientos internos y diligencia debida proporcional.
  • TRACFIN: declaración de sospecha y comunicación sistemática de información.
  • ACPR: supervisión y poder sancionador para el sector banca-seguros; AMLA a nivel de la UE.

Componentes de un dispositivo LCB-FT

Clasificación de riesgos (cartografía) propia de la actividad y de la clientela.
Procedimientos internos escritos y designación de un responsable LCB-FT y de un declarante TRACFIN.
Expediente de conocimiento del cliente (KYC/KYB) documentado y actualizado.
Dispositivo de vigilancia de operaciones y detección de anomalías.
Registro de declaraciones de sospecha y demandas de TRACFIN.
Programa de formación y sensibilización de los colaboradores.

Las etapas de implementación de la diligencia debida

  1. 1

    Evaluación de riesgos

    Establecer la cartografía de riesgos de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo según la clientela, los productos y los canales.

  2. 2

    Diligencia debida en la entrada en relación

    Identificar y verificar al cliente (KYC/KYB), comprender el objeto de la relación y calibrarlo según el nivel de riesgo.

  3. 3

    Diligencia debida continua

    Supervisar las operaciones, actualizar el conocimiento del cliente y aplicar una diligencia reforzada en caso de riesgo elevado.

  4. 4

    Declaración y conservación

    Declarar a TRACFIN toda operación sospechosa, sin informar al cliente, y conservar las pruebas durante cinco años.

Preguntas frecuentes

¿Quién está sujeto a la LCB-FT?
En particular los bancos, establecimientos de pago, aseguradoras, sociedades gestoras, pero también profesiones no financieras como notarios, abogados, contables, agentes inmobiliarios o proveedores de servicios sobre activos digitales, cada uno según las modalidades previstas por la ley.
¿Qué es el enfoque basado en riesgos?
Es el principio según el cual la intensidad de la diligencia debe ser proporcional al riesgo. Un cliente de bajo riesgo está sujeto a una diligencia simplificada, un cliente de riesgo elevado (PEP, países de riesgo) a una diligencia reforzada.
¿Qué es una declaración de sospecha a TRACFIN?
Es la notificación a la unidad de inteligencia financiera de una suma u operación que se sospecha que está relacionada con blanqueo de capitales o financiación del terrorismo. Es confidencial: está prohibido informar al cliente afectado.
¿Cuál es el papel de la ACPR?
La Autoridad de Control Prudencial y de Resolución supervisa a los organismos del sector banca-seguros, controla la eficacia de su dispositivo LCB-FT y puede imponer sanciones en caso de incumplimiento.
¿Qué sanciones en caso de incumplimiento?
Los incumplimientos exponen a sanciones disciplinarias y pecuniarias pronunciadas por la ACPR, que pueden alcanzar montos elevados, así como sanciones penales por las infracciones de blanqueo subyacentes.
Guía de la firma electrónica · Soluciones banca y seguros · Entender el reglamento eIDAS

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